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Infracciones y Sanciones
La Cooperativa Rural de Electrificación
CRE Ltda. como Titular de una Concesión de Distribución de Energía
Eléctrica y conforme con la Ley de Electricidad puede establecer
Infracciones e imponer Sanciones a sus consumidores, sin perjuicio
de las sanciones penales previstas por el Código Penal y el Derecho
de recuperar cualquier consumo arbitrario, no medido o clandestino.
Las sanciones son multas en dinero equivalentes al importe de la
cantidad de energía, multiplicado por la tarifa promedio de acuerdo
al siguiente detalle:
Para este efecto, se clasifican los consumidores en las categorías
siguientes:
Categoría A: Consumidores con
consumos menores a 200 KWh por mes
Categoría B: Consumidores con consumos menores a 2.000 KWh por
mes
Categoría C: Consumidores con consumos mayores a 2.000 KWh por
mes
Las infracciones a ser sancionadas
son las siguientes:
Conexiones arbitrarias
Quien conecte arbitrariamente
conductores de energía eléctrica al sistema de distribución de CRE o
a otra línea particular alimentada por dicho sistema:
Categoría A: 500 KWh.
Categoría B: 5.000 KWh.
Categoría C: 10.000 KWh.
Alteración de los instrumentos de medición
Quien efectué cualquier acto que altere o impida funcionamiento
normal de los equipos de medición:
Categoría A: 200 KWh.
Categoría B: 3.000 KWh.
Categoría C: 5.000 KWh.
Consumo clandestino
Quien consuma electricidad en forma clandestina o en una forma que
no esté autorizada en el contrato de suministro:
Categoría A: 500 KWh.
Categoría B: 5.000 KWh.
Categoría C: 10.000 KWh.
Negar acceso al inmueble para inspecciones
Quien no permita el ingreso a personal autorizado de CRE para
realizar inspecciones en la instalación del lugar.
Categoría A: 200 KWh.
Categoría B: 3.000 KWh.
Categoría C: 5.000 KWh.
Producir perturbaciones en el sistema eléctrico de distribución
Categoría A: 200 KWh.
Categoría B: 3.000 KWh.
Categoría C: 5.000 KWh.
En caso de reincidencia del
infractor, se podrá aplicar en cada caso un incremento del
veinticinco por ciento (25 %) por cada reiteración, hasta alcanzar
el doble del monto correspondiente a la infracción.
Lo recaudado por este concepto se deposita en una cuenta de la
Superintendencia de Electricidad y está destinado a la
electrificación rural.
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